¿Qué significa “Inconsistencia de formulario: Artículo 13, Decreto 438/2021”?

Si estás intentando hacer el traspaso de obra social y te informa esa inconsistencia, significa que no cumpliste el año de antigüedad laboral en el empleador actual, por lo que no vas a poder ejercer el derecho de opción hasta tanto se haya cumplido ese plazo.

En otras palabras: mientras no hayas permanecido al menos 12 meses en la obra social actual, no podes ejercer el derecho de opción de cambio.

¿De dónde surge esta restricción?

El Artículo 13 del Decreto 438/2021 establece:

“Los trabajadores y las trabajadoras que inicien una relación laboral deberán permanecer UN (1) año en la Obra Social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio

Decreto 438/2021 Poder Ejecutivo Nacional

¿A quiénes no aplica?

– Afiliados voluntarios a una prepaga sin relación laboral.
– Quienes ya cumplieron el año de antigüedad y hacen uso del derecho de opción.

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Preguntas frecuentes sobre la inconsistencia del formulario (Art. 13, Decreto 438/2021)

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